En cumplimiento de su labor y en el compromiso con las empresas, Cámara Orihuela reúne la información sobre las diferentes ayudas económicas que las distintas administraciones de la Comunidad Valenciana han puesto en marcha con el objetivo de ayudar a aquellas empresas y personas trabajadoras autónomas que pertenecen a los sectores más perjudicados por la actual crisis sanitaria del Coronavirus.
Indicamos las diferentes modalidades de ayudas y subvenciones disponibles dentro del Plan Resistir, emitido por la Generalitat Valenciana.
AYUDAS PARÉNTESIS
Publicadas en el Decreto Ley 1/202, del 22 de enero, del Consell, por el cual se aprueba el Plan Resistir, que incluye ayudas paréntesis en cada municipio para los sectores más afectados por la pandemia.
Se trata de ayudas destinadas a autónomos o empresas con un máximo de 10 trabajadores. La participación en el presente Plan será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, y concedidos para la misma finalidad prevista en el presente decreto ley. Esta compatibilidad estará condicionada a que el importe de las ayudas, aisladamente o en concurrencia con otras, no supere el coste de la actividad subvencionada.
Serán distribuidas por los ayuntamientos de cada municipio, atribuyendo la cantidad fija de 2.000 euros por autónomo o microempresa, mas 200 euros por cada trabajador (máximo de 10). Estas ayudas se podrán tramitar una vez publicada la correspondiente convocatoria por parte de los ayuntamientos. Su trámite será de forma telemática, siendo necesario Certificado y Firma Electrónica.
Accede AQUÍ al enlace de acceso a la información y a los trámites de la solicitud para esta ayuda en el Ayuntamiento de Orihuela, que requerirá la presentación de solicitudes mediante modelo normalizado de instancia adjunto en el enlace anterior (Anexo III), en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: Hasta el 11 de mayo.
Se podrán beneficiar de estas ayudas las empresas y trabajadores de los siguientes sectores:
- Comercio al por menor de productos alimenticios
- Bebidas y tabaco en puestos de venta y en mercadillos
- Comercio al por menor de productos textiles
- Prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercadillos
- Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y mercadillos
- Hoteles y alojamientos
- Alojamientos turísticos y otros
- Campings y aparcamientos de caravanas
- Otros alojamientos; restaurantes y puestos de comida
- Provisión de comidas preparadas para eventos
- Otros servicios de comidas; establecimientos de bebidas
- Actividades de exhibición cinematográficas
- Actividades de agencias de viajes
- Actividades de operadores turísticos
- Otros servicios de reservas
- Organización de convenciones y ferias
- Artes escénicas
- Actividades auxiliares a las artes escénicas
- Creación artística y literaria
- Gestión de salas de espectáculos
- Actividades de museos
- Gestión de lugares y edificios históricos
- Gestión de instalaciones deportivas
- Actividades de los clubes deportivos
- Actividades de los gimnasios
- Otras actividades deportivas
- Actividades de los parques de atracciones y otras actividades recreativas y entretenimiento
Más información en la web del Plan Resistir. Pincha AQUÍ para acceder.
AYUDAS AL SECTOR DEL OCIO NOCTURNO
Publicadas en el DECRETO 29/2021, de 19 de febrero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas a personas físicas o jurídicas explotadoras de establecimientos públicos de ocio nocturno, por la Covid-19.
Se trata de ayudas directas a destinadas a personas físicas o jurídicas que se dediquen a la explotación económica de la actividad de ocio nocturno en un establecimiento público, pudiendo ser la titular de la licencia de apertura y actividad o, si no es el caso, propietaria, arrendataria u ostentar la titularidad jurídica del mismo por cualquier título válido en derecho, de algunas de las siguientes tipologías de establecimientos:
A): pubs, cafés cantante, cafés concierto, cafés teatro.
B): discotecas, salas de baile, salas de fiesta.
Estas ayudas serán compatibles con otras para la misma finalidad, condicionada a que el importe de las ayudas, aisladamente o en concurrencia con otras, no supere el coste de la actividad subvencionada.
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará a las 12.00 horas del 2 de marzo de 2021 y finalizará a las 12.00 horas del 2 de abril de 2021.
El trámite se realizará de manera telemática a través del enlace al trámite creado para ello , requiriendo que la persona solicitante disponga de firma electrónica avanzada, utilizando cualquiera de los sistemas de firma electrónica admitidos en la Sede electrónica de la Generalitat.